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Tipo: INSTRUCCION GENERAL  Nº: 7 Año: 2010 Organismo: Dirección de Planificación y Control Judicial
Estado: Vigente  
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EJECUCIONES FISCALES

Pautas Procedimentales. Oficio reiteratorio.


DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y CONTROL JUDICIAL

Instrucción General Nº 7/2010

Buenos Aires, 22 de Julio de 2010

I.- INTRODUCCION

La Instrucción General Nº 3/08 (DI PLCJ) establece las pautas de procedimiento a observar en los juicios de ejecución fiscal.

II.- OBJETIVO

El 15/06/2010, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en los autos “Administración Federal de Ingresos Públicos c/Intercorp SRL s/ejecución fiscal”, se pronunció por la inconstitucionalidad del inciso 5º del artículo 18 de la Ley N° 25.239, sustitutivo del artículo 92 de la ley N° 11.683, con los alcances indicados en el mismo.

En tal sentido, resulta necesario adecuar determinadas pautas de gestión normadas mediante la Instrucción General Nº 3/08 (DI PLCJ), a efectos que las mismas se ajusten al referido fallo.

III.- PROCEDIMIENTO

Modifícase el ANEXO I - PAUTAS PROCEDIMENTALES - de la Instrucción General Nº 3/08 (DI PLCJ), de la siguiente forma:

1.- Sustituir el punto 5.1.3., por el siguiente:

“5.1.3. Oficio reiteratorio. En caso que el registro no cumpliese el oficio fundado en su negativa a reconocer la facultad de levantamiento o sustitución de la medida cautelar deferida a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS por el Decreto N° 65/2005, se deberá librar un oficio reiteratorio con el apercibimiento del artículo 239 del Código Penal.

El presente punto sólo resulta aplicable a Oficios de levantamiento de medidas cautelares dispuestas por los Agentes Fiscales hasta el 16/06/2010, inclusive.”

2.- Incorporar como punto 5.2.5., el siguiente:

“5.2.5. En caso que la medida cautelar hubiera sido dispuesta por el juez de la ejecución fiscal, el juez administrativo podrá autorizar al agente fiscal para que preste conformidad al levantamiento de la medida cautelar, previa verificación de alguno de los extremos indicados en los puntos 5.2.1. a 5.2.4.”

3.- Sustituir el primer párrafo del punto 10.3.3.1, por el siguiente:

“10.3.3.1. Los agentes fiscales solicitarán al juez interviniente que la traba se efectivice sin que el organismo oficiado pueda supeditar su inscripción al previo pago de aranceles, tasas y/o aportes de cualquier naturaleza. ”

4.- Sustituir el primer párrafo del punto 10.3.3.2, por el siguiente:

“10.3.3.2. Los agentes fiscales solicitarán al juez que la anotación de la inhibición general de bienes se trabe sin indicación del monto adeudado. Ello con el objeto de eliminar la incidencia del arancel proporcional que prevén la mayoría de los registros de la propiedad inmueble.”

5.- Sustituir el punto 10.3.3.3., por el siguiente:

“10.3.3.3. Anotación de embargo o inhibición general de bienes vía SOJ.

Sin perjuicio de lo instruido precedentemente, en todos los casos de descargo por incobrabilidad, se solicitará al juez interviniente la traba del embargo general de fondos y valores del deudor a todas las entidades del sistema financiero y se solicitará la inhibición general de bienes del deudor a efectos de su anotación ante la Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios, vía SOJ.”

6.- Sustituir el primer párrafo del punto 14.1., por el siguiente:

“En aquellas jurisdicciones judiciales que registren una demora superior a los quince (15) días hábiles para proveer la demanda, se remitirá al deudor dentro de los cinco (5) días de incoada la demanda, una nota de "Comunicación de Inicio de Acciones Judiciales.

Dicha nota se enviará por carta certificada con aviso de retorno y deberá contener como mínimo los siguientes datos: carátula, número de expediente, juzgado y secretaria, concepto, período y monto reclamado”

7.- Apruébanse los Anexos que reemplazan a los Anexos V y VI de la Instrucción General Nº 03/08 (DI PLCJ).

IV.- AREAS RESPONSABLES

La presente Instrucción General resulta de aplicación obligatoria para las siguientes áreas operativas y agentes:

a) Dirección Operaciones Grandes Contribuyentes Nacionales y Direcciones Regionales.

b) División Cobranzas Judiciales (DI OGCN), Agencias, Agencias Sedes y Distritos.

c) Jefaturas, responsables, personal de apoyo de las áreas competentes de recaudación y de cobranza coactiva y Agentes Fiscales.

Firmado: Darío González
Director
Dirección de Planificación y Control Judicial

ANEXO V

OFICIO DE LEVANTAMIENTO DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES

xxxxxxxxxxxxx . . . . . / . . . . . . / . . . . .
Señor Director del
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE
DE LA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
S ___ / D
De mi consideración:
Me dirijo a Ud. en los autos caratulados “AFIP C/ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . S/EJECUCION FISCAL” (Expte. N° . . . . . . . . . . . . . . . . . - BOLETA DE DEUDA N° . . . . . . . . . . . . . ) que tramitan por ante el Juzgado . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . N° . . . . . . . a cargo del Dr. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . , Secretaría N° . . . . . . . , del Dr. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ., a fin de que se sirva inscribir el levantamiento del embargo trabado sobre . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (Completar con los datos que hagan a la unívoca identificación del bien de que se trate) .
Dicho embargo fue trabado mediante oficio de fecha . . . . . . . . . . . . . ., por un importe que asciende a $. . . . . . . . . . . . (Pesos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .).
El presente levantamiento fue decretado por el juez interviniente mediante auto de fecha ......................cuya parte pertinente dice: “………………………………".
El resultado del levantamiento cuya inscripción se solicita, deberá ser informado al Juzgado interviniente, adjuntando las constancias documentales que fueran pertinentes.
Queda autorizado para diligenciar el presente oficio el señor/a .................................. ...............................(DNI Nº . . . . . . . . . . . . . . . . ).
Saludamos a Ud. muy atentamente.
(Para CABA). . .................................................... …….......…………………
(firma y sello de jefe de Secc. Cobranzas ) (firma y sello del firmante)

ANEXO VI

OFICIO DE LEVANTAMIENTO DE INHIBICION GENERAL DE BIENES

xxxxxxxx, ..... de .......
Señor Director del
REGISTRO DE…..........….
DE LA…………….........…
S_________/___________D
De mi consideración:
Me dirijo a Ud. en los autos caratulados “AFIP c/ ………………s/ EJECUCION FISCAL” Expte N°…………….BOLETA DE DEUDA N°………………, que tramitan por ante el Juzgado……….......................................................................…N°………a cargo del Dr…………………….....................…, Secretaria N°……………del Dr…………., a fin de que se sirva inscribir el levantamiento de la Inhibición General de Bienes anotada bajo el N°………………....
Dicha medida fue trabada mediante oficio de fecha ……………., por un importe que asciende a $ ………........…(Pesos……...............................................…)
El presente levantamiento fue decretado por el juez interviniente mediante auto de fecha ............……..cuya parte pertinente dice: "…………....................................................."
El resultado del levantamiento cuya inscripción se solicita, deberá ser informado al Juzgado interviniente, adjuntando las constancias documentales que fueran pertinentes.
Queda autorizado para diligenciar el presente oficio el señor/a .................................. ...............................(DNI Nº . . . . . . . . . . . . . . . . ).
Saludamos a Ud. muy atentamente.
(Para CABA)
........………………………………. ............................................................
(firma del Jefe de Secc. Cobranzas) (firma del agente fiscal)